Seguro de embarcaciones
Las embarcaciones se utilizan para una gran variedad de actividades, desde deportes hasta excursiones de relajación.
Para que esta actividad sea agradable, es importante tener en cuenta las numerosas ventajas y servicios que se adquieren al contratar un seguro de embarcaciones en Mallorca y España.
Podemos asegurarle todo tipo de embarcaciones (lanchas, veleros, motos acuáticas, botes, embarcaciones neumáticas), tanto para uso recreativo como para uso profesional.
A la medida de sus necesidades
¿Qué coberturas ofrece el seguro de embarcaciones?
- Responsabilidad civil obligatoria
- Las pólizas de seguro obligatorio de embarcaciones tienen una serie de coberturas básicas. Permiten al asegurado cubrir los daños causados a terceros.
- Daños materiales a terceros
Cubre los daños a terceros causados por la embarcación. El límite máximo es de 96.161,94 euros por siniestro. Esta cobertura garantiza el pago de los gastos judiciales y extrajudiciales de la defensa del asegurado y de la liquidación del siniestro. - Muerte y lesiones corporales
La muerte y los daños corporales causados a terceros están asegurados. El importe máximo por víctima es de 120.202,42 euros y el importe máximo por reclamación es de 240.404,84 euros. - Pérdidas económicas
Incluye las pérdidas económicas sufridas por terceros como consecuencia de los daños materiales y personales. Si se han producido pérdidas económicas o personales como consecuencia de los daños a los bienes del barco, se pagará una indemnización. - Daños en los buques
Cubre los daños por colisión que puedan sufrir las embarcaciones como consecuencia de los choques, incluso si no hay contacto.
- Responsabilidad civil voluntaria
- El seguro de responsabilidad civil voluntario permite asegurar las embarcaciones que no están sujetas al seguro obligatorio y un aumento del capítulo básico de la responsabilidad civil obligatoria.
- Daños a la propiedad.
Cubre los daños al casco, al motor, a los accesorios o a las velas como consecuencia de un naufragio, encallamiento, colisión o choque con objetos fijos o flotantes. Además, la tormenta, el incendio o la explosión, así como el robo.
También incluye los gastos de salvamento, remolque o asistencia como consecuencia de un accidente cubierto y los daños sufridos por la embarcación en caso de accidente con el vehículo del transportista en carretera o ferrocarril. - Retirada de los restos
Los gastos de retirada de los restos del buque, si son requeridos por las autoridades competentes, sin que el origen sea un siniestro cubierto. - Protección del remolque
Los gastos de remolque que no sean consecuencia de un accidente asegurado, siempre que se deban a la incapacidad de la embarcación para navegar por sus propios medios. Importe máximo de la responsabilidad: 6.000 euros. - Accidentes de pasajeros
Están asegurados los accidentes personales con resultado de muerte o invalidez permanente de los ocupantes de la embarcación. Se recomienda contratar un seguro por el número máximo de personas permitidas en el barco para poder cubrir los daños que puedan sufrir los miembros de la tripulación y los invitados.
- Asistencia en el mar
- Está cubierto el remolque en caso de accidente marítimo, avería o cualquier otro motivo que justifique el remolque hasta el puerto más cercano.
- Asistencia en tierra
- Asistencia a las personas:
Repatriación o transporte de personas por enfermedad o lesión corporal, servicios sanitarios en el extranjero, repatriación o transporte en caso de fallecimiento, entrega de medicamentos, transmisión de mensajes urgentes las 24 horas del día. Repatriación, transporte y asistencia a las personas afectadas en caso de avería o accidente de la embarcación, asesoramiento médico, envío de un piloto o patrón.
- Asistencia a las personas:
- Asistencia a la embarcación
- Remolque de la embarcación, traslado de la embarcación al puerto, gastos de transporte del asegurado para recoger su embarcación, envío de piezas de recambio, envío de un mecánico especializado, gastos de almacenamiento de la embarcación.
- Asesoramiento jurídico
- El establecimiento de las responsabilidades judiciales por las responsabilidades civiles está garantizado si el objeto de la reclamación está cubierto por esta póliza. La aseguradora se hace cargo de la instrucción judicial de la reclamación del presunto perjudicado y se encarga del pago de los protocolos y de las facturas de seguimiento de los abogados y asesores jurídicos designados por la aseguradora.
- Seguro de embarcaciones a todo riesgo
- Dentro de este seguro de embarcaciones a todo riesgo, existen dos tipos de pólizas que diferencian a las compañías entre sí.
En el caso de los seguros de embarcaciones a todo riesgo, hay que distinguir entre las cláusulas españolas y las inglesas.
Son las dos coberturas más completas del seguro de embarcaciones, pero difieren en sus condiciones.
Las cláusulas inglesas permiten acordar el valor. En cambio, las cláusulas españolas no lo hacen; aquí se tiene en cuenta el valor de mercado de la embarcación.
Otra diferencia es que, a diferencia de las cláusulas españolas, las inglesas no incluyen en la póliza la conducción de las embarcaciones a una velocidad superior a 17 nudos si el patrón no tenía un título oficial para ello en el momento de producirse el daño.
- Dentro de este seguro de embarcaciones a todo riesgo, existen dos tipos de pólizas que diferencian a las compañías entre sí.